El título de Operador de Maquinaria de Movimiento de Tierras es obligatorio según la ley de Prevención de Riesgos Laborales: El Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio que establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo recoge que "La conducción de equipos de trabajo automotores estará reservada a los trabajadores que hayan recibido una formación específica para la conducción segura de esos equipos de trabajo."
Objetivos
Con la realización de este curso el alumno será capaz de manejar diferente maquinaria de movimientos de tierra:
? Pala Cargadora
? Retroexcavadora Mixta.
Público
Personas que tengan una orientación profesional para la construcción. Mayores de 16 años.
Tema 1. Descripción de la máquina:
-Mantenimiento y conocimiento general de funcionamiento.
Tema 2. Trabajos de la máquina:
-Control de la máquina.
Tema 3. Mantenimiento de la máquina:
-Estabilidad y dimensiones del trabajo.
Tema 4. Prevención de riesgos laborales en trabajo con maquinaria de obra pública:
-Disposición y ubicación.
-Técnica de manejo.
-Seguridad e higiene en el trabajo.
-Prácticas.